este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la apoderada judicial de la empresa C.V.G. FERROMINERA DEL ORINOCO, C.A., contra el auto de fecha 24/02/2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que negó oír el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada, en consecuencia se ordena al tribunal ut supra mencionado a escuchar la tantas veces mencionada apelación interpuesta por representación judicial de la demandada C.V.G. FERROMINERA DEL ORINOCO. SEGUNDO: No se condena en costas dadas las características del fallo.