DECLARA,
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad de la intimada Empresa TRANSPORTE MACHICO, S.A, en la persona de su Presidente ciudadano JOSÉ PEDRO PESTANA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.236.082, domiciliada en la Carretera Autopista Centro Occidental Cimarrón Andresote, Local Centro Makro, número 2, Sector Las Canarias, Yaritagua, estado Yaracuy, por la cantidad de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SESENTA CENTÍMOS (Bs. 9.934.377,60), que representa el doble del valor estimado de la demanda, más los honorarios profesionales calculados en un 25% del monto total adeudado cuya suma es de UN MILLON DOSCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.1.206.800,oo), dejando establecido que si la medida decretada recayera sobre cantidad líquida de dinero, la misma se practicará sobre la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESEN.....