Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoado por ciudadano ÁNGEL RAMÓN ARTEAGA HERRERA, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-12.725.902, debidamente asistido por el Abogado ELIO JOSÉ RODRÍGUEZ SALAZAR, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 99.071, Apoderado Judicial en la presente causa, en contra del ciudadano GILBERTO BARRIOS, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-13.095.419, por falta de interés de las partes, al haber rebasado el término de la perención.
La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez que tr.....