Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión contenida en acta de fecha 04 de diciembre de 2009 y, contra la sentencia dictada el día 02 de febrero de 2010, ambas proferidas por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara la nulidad de ambas actuaciones y, en consecuencia se ordena dar cumplimiento estricto al mandato contenido en el fallo dictado por este Tribunal Superior del Trabajo el día 11 de julio de 2007, vale decir deberá el A-Quo reponer la causa al estado de fijar nueva oportunidad para la continuaci.....