Se dictó sentencia declarándose, PRIMERO: PROCEDENTE la estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el abogado RICHARD SIERRA contra el MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR. SEGUNDO: En virtud de la solicitud de retasa realizada por la representación judicial de la parte demandada, este Juzgado la DECRETA de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Abogados. TERCERO: Se acuerda constituir el Tribunal Retasador, el cual estará conformado por este sentenciador asociado con dos abogados de reconocida solvencia, nombrado uno por cada parte, dicho acto tendrá lugar el quinto (5°) día de despacho siguiente a las nueve y treinta de la mañana (09.30 a.m.), una vez que conste en autos las notificaciones que de la presente sentencia se realicen.