DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de TERCERIA, interpuesta por los ciudadanos BLANCA NIEVES TORRES, FRANKLIN PASTOR TORRES, ROSA JAQUELIN TORRES DE PATIÑO, YULI PASTORA TORRES PINEDA, esta última desistió irrevocablemente de la acción, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.175.419, 5.465.804, 7.579.280 y 14.292.922 respectivamente, domiciliados en Yaritagua, municipio Peña, estado Yaracuy y los hoy jovenes adultos JOSE GREGORIO TORRES GUEDEZ y DANIEL ALEJANDRO TORRES GUEDEZ, nacidos en fechas 28 de enero de 1998 y 12 de enero de 2000, de veinte (20) y dieciocho .....