DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia de ello se establece al ciudadano: WILFREDO JOSÉ MORILLO BELLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.311.290, de este domicilio,, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijos los niños: (Identificación Reservada), de un (1) año y un (1) mes de edad respectivamente, todos de este domicilio, por la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 982,00) mensuales, es decir; de DOSCIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 230,00), semanales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o .....