Tribunal en atención a que los dichos de los testigos se infieren, que están contestes en sus afirmaciones, al señalar que los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus: MANUEL LORENZO FOUCHONG RINCONES, son los Ciudadanos DORA JOSEFINA CUICA (viuda), quien es su esposa, y sus hijos MANUEL ANTONIO Y MARIA YANITZA FOUCHONG CUICA plenamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, lo DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALESS HEREDERO del causante antes nombrado, fallecido Ab Intes|tato, el Cinco (05) de Mayo de Dos Mil Diecinueve (2.019), en Ciudad Bolívar Estado Heres, a