En consecuencia, se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la empresa OPERADORA DE HOTELES ORIENTE C.A., en la persona de alguno de los ciudadanos BRAULIO MARINO ALONSO e IVAN MODESTO MERINO ALONSO, en su carácter de Representantes Legales de la misma o cualquier otro representante legal vigente para la fecha, tercero en la presente causa, llamado por la demandada, a fin de que comparezca por ante estos Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar asistido de abogado o representado por medio de Apoderado Judicial legalmente acreditado, a las 10:00 a.m. del DECIMO (10°) DIA HABIL siguiente, contados a partir de la constancia emitida por secretaría de la notificación practicada, a los fines de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR.-