Posteriormente, ante la solicitud realizada por las partes, el ciudadano Juez procedió administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede a impartir la HOMOLOGACION EN SUS PROPIOS TÉRMINOS AL ACUERDO ALCANZADO POR LAS PARTES, todo conforme a los parámetros legales y criterios establecidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y a lo establecido en los artículos 3° de la Ley Orgánica del Trabajo y 9° y 10° de su reglamento.