DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE en derecho el convenimiento y reconocimiento en la demanda efectuado por los ciudadanos ATHAIS JOSEFINA CAMACHO GARMENDIA, CARMEN YELITZA CAMACHO GARMENDIA, CRISTIAN COROMOTO CAMACHO GARMENDIA, JACKELINE TERESA CAMACHO GARMENDIA y CARLOS LUÍS CAMACHO GARMENDIA, de los hechos esgrimidos en la demanda efectuada por la ciudadana CARMEN TERESA GARMENDIA debidamente asistida por la abogada en ejercicio JANIE MAYELA ROSALES, inscrita en el Inpreabogado Nº 136.630.
SEGUNDO: COMO CONSECUENCIA DEL ANTERIOR PRONUNCIAMIENTO, se imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada al convenimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE DECLARA LA EXISTENCIA DE LA UNION CONCUBINARIA entre los ciudadanos CARMEN TERESA GARMENDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.574.096 y con domicilio en San Rafael, calle principal, transversal 2, casa S/N, Municipio I.....