En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, y Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la demanda de Acción Reivindicatoria (Declinatoria), interpuesto por el ciudadano abogado en ejercicio Sandy Rojas Farias, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 48.614, actuando como apoderado judicial del ciudadano AQUILES RAFAEL MOYA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-5.858.751, contra la sentencia dictada el 10/02/2017, (folios 66 al 80) Pieza 3, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Esta.....