Decisión
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara en situación de flagrancia la aprehensión del ciudadano WILMER PATRICIO GÓMEZ MEJÍAS, cuanto se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Comparte la calificación jurídica señalada por el Ministerio Público como es el delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su segundo aparte en concordancia con el articulo 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: Se acuerda el PROCEDIMIENTO ABREVIADO y en tal sentido se ordena remitir la causa al Tribunal de Juicio Unipersonal Competente una vez quede firme la presente decisión. CU.....