CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la presentación realizada por el Fiscal Auxiliar Noveno y solicitud de la Defensa Publica Tercera de la Sección de Adolescentes, sobre la medida cautelar de presentación: Se Califica la aprehensión del adolescente del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo precalificado por el representante Fiscal como es el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 273 y 277 del Código Penal, en prejuicio de La .....