DISPOSITIVA.
Oídas las partes este Tribunal a los fines de dar plena observancia a lo establecido en los artículo 2, 22, 23, 24, 46, 49, 51, 253 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 108 numeral 7 y el 318 numeral 2, 364, 365, del Código Orgánico Procesal Penal, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ESTE TRIBUNAL PROCEDE A DICTAR LA SIGUIENTE DISPOSITIVA: ÚNICO: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano RAFAEL ANGEL ROLDAN VASQUEZ, Nacionalidad venezolana, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 05/01/1.971, titular de la cédula de identidad N° V- 10.476.142, soltero, chofer, residenciado en vía Bobures al lado de refrisur Caja Seca Estado Mérida. Quedan notificados los presentes de la decisión, publicado su texto integro de conformidad con lo previsto en el artículo 365 del.....