Este Tribunal Unipersonal Quinto en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CONDENA a la ciudadana GLADIS TERESA BAUTISTA DE DIAZ, Venezolana, natural de San Antonio, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.582.314, residenciado en: El Barrio Campo Rojo, Calle Táchira, casa Nº 40-20, San Félix, Estado Bolívar, quien resulto CONDENADA a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión, por ser responsable de la Comisión del delito de: TRAFICO EN SU MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 31 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS,, en perjuicio de La colectividad, la cual deberá cumplirla en el Internado Judicial de Maturín (La Pica) Estado Monagas. Y así se decide.....