Asimismo, de una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se puede constatar que el asunto que nos ocupa se encuentra en fase de celebración de la audiencia preliminar; sin embargo, puede observarse que entre la fecha de la última de las notificaciones, 02-03-2016 hasta la fecha del desistimiento la cual ocurrió en fecha 10-10-2016, transcurrió más de seis (06) meses, evidentemente que rompe con la estadía de derecho en el proceso, por lo tanto, se necesita nuevamente su notificación a los efectos de su comparecencia a un acto tan esencial para el nuevo proceso laboral, como lo es la celebración de la audiencia preliminar.
Por ello, y en atención a los principios que rigen el nuevo proceso laboral, contenidos en los artículos 5, 6, 7 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en aras de garantizarles a las partes el efectivo derecho a la defensa, el debido proceso, y la tutela judicial efectiva, se ordena librarles boletas de notificación para que.....