En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE LA APELACIÓN DE FECHA 22 DE MARZO DE 2023 interpuesta por la ciudadana MARISELA ORSETTI RIVAS, en contra del auto de fecha 17 de marzo de 2023, dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo de la incidencia surgida en el juicio de desalojo seguido por el ciudadano SALVADOR JOSE PENNA VIDEAU contra la ciudadana MARISELA ORSETTI RIVAS, supra identificados; por las motivaciones expuestas por este sentenciador. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudenciales antes citadas, y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
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