DECISION
En virtud de las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA ACTUALIZA EL COMPUTO DE LA PENA IMPUESTA AL PENADO JUAN OSWALDO PARRA CASTILLO, plenamente identificado al comienzo del presente fallo, DETERMINANDO QUE AL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2006 HA CUMPLIDO EL TIEMPO DE TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES y DOS (02) DIAS, faltando por cumplir al día 13 de noviembre de 2006 el tiempo de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS, por lo que el cumplimiento de la pena finalizará el día 10 DE JUNIO DE 2012. Se ordena lo conducente a fin de tramitar el otorgamiento del beneficio de REGIMEN ABIERTO, para lo cual se acuerda solicitar a la Junta de Conducta del Internado Judicial Yaracuy la remisión ante este Tribunal constancia de conducta del penado; del mism.....