Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara incompetente por razón de la materia para conocer de la presente solicitud de Liquidación y Partición de la Comunidad, presentada por los ciudadanos Carlos José Bolívar Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.883.714, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 48.278 actuando en su propio nombre y Lesbiceth Carolina Mejía, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.130488, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 75.650, actuando en su propio nombre, respectivamente y en virtud de ello declina la competencia al Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Prote.....