este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y se Califica la aprehensión del adolescente IDENTIDADES OMITIDAS anteriormente identificados, como Flagrante, por su presunta participación en los hecho delictivo imputado por la representante Fiscal como son los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, previsto en los artículos 273, 277 y 218 del Código Penal, adolescente IDENTIDADES OMITIDAS, y el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal, para el adolescente IDENTIDADES OMITIDAS, en perjuicio de La Nación, de conformidad en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con las formal.....