Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha seis (06) de Agosto de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la referida actuación en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se ordena reponer la causa al estado de la continuación del faltante lapso para contestar la demanda, según los términos indicados en la parte motivacional del presente fallo. Todo en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, tiene incoa.....