Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue la ciudadana LUISA ANTONIA TROCOZO contra el ciudadano LUIS GONZAGA LOPEZ MARIN, ambos identificado ut supra, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al demandado el DESALOJO inmediato del inmueble arrendado bajo contrato verbal ubicado en la Unidad de Desarrollo 126, Sector Bella Vista Arriba, Parroquia 11 de Abril, Calle Turiapiari, Casa N° 42-28, San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar, en las mismas condiciones que lo recibió, junto con las respectivas solvencias de todos los Servicios Públicos.
SEGUNDO: Se condena a la parte accionada a cancelar los cánones correspondientes a los mese de Noviembre de 2.008, Diciembre de .....