Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, presente recurso contencioso tributario, incoado por el Abogado Carlos Miguel Moreno Malave, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.978.749, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.031, en su condición de representante judicial de la sociedad mercantil SUPER AUTOS PUERTO ORDAZ C.A., contra la Resolución Nº 3085, suscrita en fecha 27 de agosto de 2012, por el Alcalde del Municipio Caroní del Estado Bolívar.