Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, ha incoado la ciudadana NOHEMI RONDON, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.919.808, en contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PADRE PEDRO CHIEN DEL ESTADO BOLÍVAR;
SEGUNDO: De conformidad con las estipulaciones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay especial condenatoria en costas y
TERCERO: Se ordena la notificación del Sindico Procurador Municipal de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PADRE PEDRO CHIEN DEL ESTADO BOLÍVAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder P.....