DESISTIDO el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Fiscal Séptima de Protección del Niño y del Adolescente, en contra de la sentencia dictada el 30 de octubre de 2006 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, que declaró con lugar la solicitud de DIVORCIO 165, incoada por los ciudadanos MAYRA LISBETH CEDEÑO SOTO y EDGAR RAMON ALCALA RIVERO, la cual queda FIRME.