"....Este Tribunal, en vista de lo expuesto por las partes aquí presentes y el extrabajador manifestó voluntariamente el acuerdo transaccional y los mismos no son contraria a derecho es por lo que se Homologa el presente acuerdo dándole carácter de sentencia con Autoridad de cosa juzgada todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 89, 3, 10, 11 y 133, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento y Ley Orgánica Procesal del Trabajo respectivamente..."