DECISIÓN
Este Tribunal de Juicio N° 05 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir conforme al derecho y a los hechos lo siguiente:PRIMERO: Este Tribunal homologa el presente acuerdo reparatorio por el presunto delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 del Código Penal, en virtud que se le reparo moralmente el daño a la víctima, con lo acordado entre ellos en la audiencia y le da carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: Se acuerda la extinción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 6 to del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta la extinción, se acuerda una vez firme la presente decisión se remitirá al archivo judicial.TERCERO: Se acuerda el sobreseimiento de causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia la libertad del acusado por la presente causa.-Se acordó la entrega d.....