En fecha 14/04/2009, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE el reclamo ejercido por la abogada PAULINA ESCALANTE, a percibir honorarios profesionales por las actuaciones judiciales que realizó en representación de la ciudadana ROSA RODRIGUEZ, en el juicio de cobro de diferencias de prestaciones sociales que ésta incoara en contra de la empresa HELITAC GUAYANA, S.A.; y consecuencialmente se declara SINN LUGAR la presente solicitud de estimación e intimación de honorarios profesionales incoada por la citada abogada, en contra de la mencionada empresa, ambas plenamente identificadas en autos.