Arroja un tiempo de detención de dos 2 años, siete 7 meses y veintiséis 26 días , una segunda detención desde el 25-10-07 hasta la presente fecha que arroja un tiempo de un1 año, cinco 5 meses y veinte 20 días tiempos que al ser sumados nos da un tiempo de detención física de CUATRO ( 4) AÑOS , UN(1) MES Y (16) DIAS., CORRE INSERTO AUTO de redención de pena en la cual redime la pena en un tiempo de ocho 8 meses y veinte 20 días que al ser sumados al tiempo de detención física nos da un tiempo total de cuatro 4 años , determinándose que el penado puede optar a la gracia del confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena que serian cinco 5 años y tres 3 meses.