Se dictó el fallo declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR LA QUERELLA por cobro de intereses moratorios incoada por la ciudadana SONIA ELODIA PÉREZ HERNÁNDEZ contra el ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia, se le ORDENA por órgano de la Gobernación cancelarle a la querellante la cantidad de catorce mil novecientos noventa bolívares con cincuenta y tres céntimos (Bs. 14.990,53) por concepto de intereses moratorios causados desde el primero (1º) de julio de 2011 hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2012 por el retardo en el pago de la prestación de antigüedad e IMPROCEDENTE la pretensión de reintegro de descuento indebido.