DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana GLADYS JOSEFINA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.337.113, contra el ciudadano ELEUTERIO AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.450.793, en su condición de hermano del de cujus PEDRO ALCANTARO AGUIAR (†), titular de la cédula de identidad N° V-2.559.962, en la que también participó como interesada la ciudadana CARMEN RAMONA AGUIAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.501.180, quien dijo ser sobrina del finado antes nombrado, SEGUNDO: En consecuencia se declara cierta en los términos ex.....