Hoy, catorce (14) de junio de 2007, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por intermedio del Alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Juzgado, se deja constancia que la parte actora JONATHAN DURAN, cédula de Identidad N° V- 17.560.287 y de este domicilio, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia el ciudadano RUDDIN WUILFREDO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 8.930.780, y en su condición de Propietario de la sociedad mercantil VIFOCAR C.A, En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-