ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar la cantidad de Ochenta Bolívares (Bs. 80,oo) semanales la cual será descontada semanalmente del sueldo que devenga el obligado y depositada en la Cuenta de Ahorros N° 73940060640620 de la Entidad Bancaria Bicentenario, a partir del quince del presente mes e igualmente aportará el 50% de los demás gastos de medicina, asistencia médica, útiles y uniformes escolares, aguinaldos y estrenos en el mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 26,2% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.223,89), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cu.....