En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el articulo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana ARELYS ADRIANA VALERA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.521.833, domiciliada en la calle 8 del barrio El Calvario, casa s/n, municipio Nirgua del estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogado JOSE REINALDO TORRES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 41.243, en contra del ciudadano MARIO JOSE CASTRO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.753.163, domiciliado en el barrio Antonio José de Sucre, calle Andrés Bello, parcela Nº 64, Tinaquillo estado Cojedes; y en consecue.....