DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en la referida transacción y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a declarar:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO realizado entre los ciudadanos CANDICE JOSELMIS GARCIA MARTINEZ (Parte actora), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-21.007-645, debidamente asistida por el ciudadano JOSE COVA, abogado en ejercicio, inscrito bajo el I.P.S.A. Nº 263.426 y el ciudadano JOSE LUIS GARCIA TIRADO (Parte demandada), venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.895.596, asistido po.....