Esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 89 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Abg. LEILA BEATRIZ IBARRA ROJAS, Jueza de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 5 de este Circuito Judicial Penal, en el asunto UP01-P-2012-004802.