este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano JAVIER ORLANDO ALEMAN BARAJAS, titular de la cédula de identidad N° V-20.670.255, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del Municipio, con un área de terreno de CUARENTA Y DOS MIL TRECIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (42.379,47 Mts.2), con un área total de construcción de OCHO MIL SEISCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (8.615,27 Mts2); ubicado en el Canal de Servicio Esquina Avenida 07, Barrio El Carabalí, jurisdicción del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy