CON LUGAR EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: MELITZA GREGORIA TOMEDES de SAMPSON y DECLON ARGENIS SAMPSON, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.661.760 y V-14.652.956, respectivamente, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha 17 de Junio del año 2004 por ante el Tribunal de Municipio Sucre del Primer Circuito de la circunscripción Judicial de estado Bolívar, según acta de matrimonio Nº 01 de fecha 17-06-2004, inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonio del año 2004