En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos JOSE LUIS CAMACHO PEÑA, DAVID ALEJANDRO CAMACHO PONCE, JOSE ANDRES CAMACHO SUAREZ, MARIA JOSE CAMACHO GIMENEZ venezolanos, Mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros 24.667.393 16.752.411, 24.400.956 y 27.828.818 y al adolescente Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 30.621.595 nacido en fecha 29 de septiembre del 2004 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, JOSE LUIS CAMACHO DUDAMEL , quien en vida era venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 8.365.617 fallecido en fecha 17 de mayo del 2018 en su ca.....