Por todo lo precedentemente establecido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por el MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLÍVAR, por medio del ente jurídico Sociedad Mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS PATRIOTICOS SOCIALES, C.A., PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA contenida en el AUTO DE ADMISIÓN Y ORDEN DE REENGANCHE, expediente Nº 074-2013-01-00026, de fecha 17 de enero de 2013, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLIVAR y ACTA DE EJECUCIÓN realizada por la SUBINSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN FELÍX de fecha 05 de febrero de 2013, que declaro con lugar el Reenganche y Restitución de la situación Jurídica infringida así como el pago de Salarios caídos y demás beneficios dejados de per.....