Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y declara disuelto el vinculo matrimonial entre los Ciudadanos INDIRA YARARY ANZOLA y JHONATAN JESUS CASTILLO OJEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros 14.798.985 y 14.798.730 respectivamente, contraído en fecha día 24/11/2006, ante la Comisión del Registro Civil del Municipio Cocorote del estado Yaracuy.