DECRETA LA CONVERSION EN DIVORCIO la SEPARACION DE CUERPOS, incoada por los ciudadanos: FLORANGEL RINCONES SANCHEZ y YONATHAN MAIKOL DOKL ARROYO, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.974.449 y V-14.143.603, respectivamente, asistidos por la Abogada CONSULELO MAGDALENO, Inpreabogado Nro. 86.650. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: 26 de Noviembre de 2004, por ante el Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, según acta extendida bajo el N°. 09 de los Libros de Matrimonios llevados por ante el mencionado Juzgado y así se establece.
No hay pronunciamiento sobre hijos, por cuanto los solicitantes manifiestan no haberlos procreados, como tampoco hay pronunciamiento sobre bienes conyugales por cuanto los mismos manifestaron no haberlos adquirido, pero en caso de existir procédase a la partición de los mismos.