Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana REINA MERCEDES PERALTA DE ALVARADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.968.973 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomento en un lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti); que mide OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS ( 854,13 Mts2), con un área de construcción de DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS ( 214,07 Mts2) Ubicado en La calle El Samán esquina callejón el Samán, sector el Centro de la Comunidad de La Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy