este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LEYDIS YOLANGEL DELGADO ESCALONA y DERSON JESÚS PEREZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 15.965.919 y 14.210.903 respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio Selene Nieves, INPREABOGADO N° 67.875.