ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE REVOCAR: LA MEDIDA DE PROTECCIÓN de carácter provisional de COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN en la UNIDAD DE PROTECCIÓN INTEGRAL "DANTAS DE YARA", dictada por este Tribunal en fecha 4 de marzo de 2016, de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, se acuerda DICTAR MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, nacidos en fecha 12 de abril de 2010 y 28 de noviembre de 2014 respectivamente, deberán permanecer bajo los cuidados de los ciudadanos JULITZA MARGOT GONZALEZ SÁNCHEZ y LUIS ENRIQUE COLMENAREZ CAURO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 11.433.701 y 12.435.538 respectivamente, quienes deberán darle todo el afecto, cuidados y atenciones que los.....