DECLARA,
PRIMERO: APRECIA esta Operadora de Justicia que existe controversia en cuanto a la renovación del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes intervinientes en el presente juicio, por el incremento del canon de arrendamiento propuesto por la parte actora de autos.
SEGUNDO: IGUALMENTE, observa esta Juzgadora que existe controversia en cuanto a que la parte demandada de autos detenta indebidamente el inmueble objeto del presente juicio, por no renovación entre las partes del contrato de arrendamiento suscrito en fecha 01 de noviembre de 2010.
TERCERO: DEBE DEMOSTRARSE durante el lapso probatorio si la parte reconvenida de autos no cumple con la obligación de cubrir los gastos de las reparaciones mayores de los locales bajo régimen de arrendamiento, es decir, de mantener en buen estado la cosa arrendada y la obligación de garantizar el uso y goce pacifico del inmueble al arrendatario o arrendataria.
CUARTO: DE CONFORMIDAD con lo preceptuado en el segundo apar.....