En fecha 15-01-2009 este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el profesional del derecho, CARLOS M. MORENO MALAVE, apoderado judicial de la demandada en solidaridad CONSTRUCCIONES Y CONTRATOS; C.A. (CONICON), contra el auto de fecha 08 de Diciembre de 2008, dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIAICON Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en consecuencia, remítase copia de la presente decisión al Juzgado de la causa antes identificado. Ordenes el envío del expediente al archivo judicial. Líbrense oficios.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.