DECISION
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 341 y 16 del Código de Procedimiento Civil, NO ADMITE la demanda MERODECLARATIVA DE EXISTENCIA DE CONCUBINATO presentada por la ciudadana MIRIAN DEL VALLE RODRIGUEZ GOMEZ, anteriormente identificada, y así se decide expresamente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con el artículo 341 y 16 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a la parte actora de la presente decisión a los fines de que el día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos la referida notificación, comience a transcurrir el lapso para la interposición de los recursos previstos en la ley en contra del presente fallo; notificación ésta que se ordena verifi.....