Este Tribunal de Control No 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano LUIS ALBERTO SANDOVAL FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° 22.202.083, venezolano, mayor de edad, de fecha de nacimiento el 02/01/1982, soltero, y residenciado en la Calle 04, Caserío cabimba, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, por estar involucrado en la Comisión del Delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente, en perjuicio de quien en vida se llamare ciudadana Vanesa Carolina Escalona Pineda, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°, 2° , 3° en concordancia con el artículo 251 numeral 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se Dicta ORDEN DE APREHENSIÓN, y se Acuerda Oficiar a los Cuerpos de Seguridad del Estado a tal.....